Preguntas frecuentes
Respuestas a las dudas más comunes sobre el salario neto en Colombia: qué se descuenta, por qué a cierto sueldo todavía no hay retención, y qué significan la UVT y el SMMLV.

Las dudas más comunes
Porque la tabla no se compara contra tu salario sino contra la base gravable, y esa base es bastante más baja. Primero se restan los aportes obligatorios a salud y pensión, después las deducciones del artículo 387 si las tienes, y después la renta exenta, que se calcula sobre lo que va quedando. Sólo entonces se mira la tabla, cuyo primer tramo llega hasta 95 UVT —alrededor de $4.975.530— con tarifa cero. Sobre un salario de $5.000.000, por ejemplo, la base gravable termina en $3.450.000 (65,87 UVT) y no hay retención. Que no aparezca no es un cero por redondeo: es el tramo de tarifa cero.
La UVT es la unidad en la que el Estatuto Tributario expresa casi todas sus cifras, y la DIAN fija su valor en pesos por resolución antes de cada 1 de enero: para 2026 vale $52.374. La ventaja de escribir la ley en UVT es que la tabla no hay que reescribirla cada año; la consecuencia para ti es que una cifra en pesos sólo es cierta para un año determinado. Por eso este sitio dice siempre con qué UVT calculó, y por eso la UVT nunca lleva signo de pesos: no es dinero, es una unidad de cuenta.
Porque el IBC tiene un piso legal de 1 SMLMV, es decir $1.750.905. Quien devenga menos cotiza igual sobre un salario mínimo completo, así que sus aportes se quedan quietos aunque el sueldo baje. Es la regla escrita, no un error del cálculo, y la calculadora lo dice con palabras cuando el piso se activa. En el otro extremo pasa lo simétrico: por encima de 25 SMLMV ($43.772.625) los aportes dejan de crecer, aunque la retención siga calculándose sobre todo lo devengado.
Sí, y ocurre en un punto muy concreto. El auxilio de transporte ($249.095) se paga a quien devenga hasta 2 SMLMV, hoy $3.501.810. Como es un umbral y no una escala, cruzarlo no reduce el auxilio: lo elimina. En el umbral exacto el neto de esta calculadora es $3.470.761; un peso más arriba, $3.221.667 — una caída de $249.094. Es una discontinuidad real de la norma, así que la calculadora la avisa cuando tu salario queda cerca en vez de suavizarla.
Es un aporte adicional a cargo del trabajador destinado a subsidiar pensiones, que empieza cuando el IBC llega a 4 SMLMV ($7.003.620) con una tasa base de 1 % y sube por tramos en los ingresos más altos. La ley escribe INCREMENTOS por tramo, no totales: las tasas completas que suelen citarse son la suma de la base más el incremento, y no están escritas así en ningún instrumento. Por eso el desglose de este sitio muestra las dos piezas.
No. No entra en el IBC —así que no genera aportes a salud ni a pensión— y tampoco entra en la base de la retención en la fuente. Sube lo que recibes sin subir un solo descuento, que es exactamente por qué la calculadora lo muestra como una línea POSITIVA encima de los descuentos y no mezclado con ellos. Donde sí entra es en la base de la prima de servicios y de las cesantías.
Cambia la base de los aportes: la ley ordena calcularlos sobre el 70 % del salario integral, no sobre el total, así que el IBC que verás en el desglose será menor que la cifra que escribiste. La retención, en cambio, se calcula sobre los pagos laborales del mes como en cualquier otro contrato. La calculadora lo dice como un hecho estructural en vez de recalcular en silencio, porque una base que no coincide con el salario es justo el tipo de cosa que parece un error cuando nadie la explica.
Porque la ley lo ordena. Cuando una cifra expresada en UVT se convierte a pesos hay que aproximarla: al peso entero hasta $100, a la centena entre esa cifra y $10.000, y al múltiplo de mil por encima. Una retención mensual casi siempre cae en el último caso, así que termina redonda. No es una comodidad de presentación de este sitio: es una regla del Estatuto Tributario, y la calculadora muestra la cifra antes y después de aplicarla cuando el redondeo mueve el resultado.
No, y es importante decirlo. Tanto el tope de la renta exenta (790 UVT) como el tope global absoluto (1.340 UVT) están escritos por AÑO en las normas que los establecen, y ningún instrumento del corpus consultado fija una cifra mensual. Esta calculadora divide por 12 —65,83 UVT y 111,67 UVT al mes— porque es la única lectura defendible para un cálculo mensual, pero esa doceava parte es aritmética nuestra. Las cifras mensuales que circulan en comentarios profesionales vienen de la misma división y tampoco son ley.
El Procedimiento 1: el cálculo mes a mes que se muestra en cada resultado. El Procedimiento 2 fija en junio y en diciembre un porcentaje que rige los seis meses siguientes, calculado con doce meses de pagos de la persona divididos por trece; una calculadora que no conoce tu historia no puede producirlo, y un número inventado para él sería una suposición con forma de fórmula. Si tu empleador aplica el Procedimiento 2, tu retención puede diferir de la de esta página con el mismo salario — y allí los intereses de vivienda sí tienen un tope mensual (100 UVT) que aquí no se aplica.
No, y no es un olvido. La prima de servicios equivale a 30 días de salario por año, pagados en dos cuotas ancladas al calendario, y el auxilio de cesantía a 30 días por año de servicio. Las dos son plata que recibes y que el empleador asume: no son descuentos, no salen de tu salario y no aparecen en el desglose mensual. Tienen su propia página, que además dice qué partes de esa materia este sitio no calcula.
Cada valor proviene de una fuente primaria citada por su nombre —el Estatuto Tributario y los decretos compilados en los normogramas del Gobierno, las resoluciones de la DIAN que fijan la UVT, los decretos anuales del salario mínimo y del auxilio de transporte, y el Código Sustantivo del Trabajo— o se recalcula a partir de una de ellas, y la compilación del sitio falla si un número no trae respaldo o si un valor derivado no vuelve a calcular igual. Lo que ninguna cifra tiene todavía es la firma de un revisor responsable: están en estado de investigación, y el sitio lo dice en cada página en vez de dejar que el lector suponga lo contrario. Para una decisión importante rige la fuente citada o la autoridad competente, no esta página.